📅📄 La modificación quedó oficializada mediante el Decreto 1228/2026, publicado en el Boletín Oficial. El Ejecutivo argumentó que se necesita más tiempo para adecuar los sistemas informáticos, los procedimientos y las herramientas que permitirán operar el nuevo régimen.

💰 ¿Cómo funcionarán los fondos?

El sistema prevé que los empleadores realicen aportes a fondos destinados a contribuir al pago de determinadas obligaciones derivadas de la finalización de una relación laboral, incluidas indemnizaciones contempladas por la normativa.

⏳ ¿Cuándo se podrán usar?

La nueva reglamentación establece una carencia mínima de 12 períodos mensuales completos y consecutivos, contados desde el mes en que se registre ante ARCA la integración del primer aporte del empleador.

Por eso, los recursos acumulados durante el inicio del régimen recién podrían comenzar a utilizarse hacia fines de 2027, según cuándo se hayan realizado efectivamente los primeros aportes.

🏭 ¿Por qué se postergó?

El Gobierno sostuvo que el plazo inicial era insuficiente para formar un patrimonio que permita atender las obligaciones previstas y que todavía deben completarse adecuaciones técnicas y operativas.

📌 La modificación posterga el inicio del sistema y extiende el tiempo necesario para que los fondos puedan responder por las obligaciones alcanzadas. El régimen está dirigido a empleadores del sector privado y no reemplaza por sí mismo las obligaciones laborales establecidas por la ley.