📦 La medida fue establecida por la Resolución General 5884/2026 de ARCA y busca facilitar las importaciones de pequeños consumidores.

¿Qué cambia?

A partir de la nueva normativa, podrán ingresar por el régimen puerta a puerta los productos cuyo valor FOB (sin incluir flete ni seguro internacional) no supere los US$3.000.

Además, cada envío podrá contener hasta tres unidades de un mismo producto, siempre que no exista una finalidad comercial.

Menos trámites y controles

La resolución también elimina diversas exigencias para este tipo de envíos. Entre los principales cambios:

- 📦 Se excluyen los costos de envío del cálculo del límite de US$3.000.
- 📦 Se simplifican los controles técnicos y aduaneros para la mayoría de los productos.
- 📦 Se eliminan algunas intervenciones de organismos estatales posteriores al despacho.

La excepción son los medicamentos para uso personal, que continuarán requiriendo la autorización previa de ANMAT.

Un paso más en la apertura de importaciones

La medida complementa el Decreto 604/2026, mediante el cual el Poder Ejecutivo había unificado y simplificado el régimen de importaciones por correo. El objetivo oficial es reducir la burocracia y facilitar las compras internacionales de particulares.

Puntos clave

📌 El límite para compras online por puerta a puerta sube de US$1.000 a US$3.000.

📌 El valor máximo corresponde al precio FOB, sin contar flete ni seguro.

📌 Se permiten hasta tres unidades de un mismo producto por envío.

📌 La mercadería debe ser para uso personal, no comercial.

📌 Los medicamentos seguirán necesitando autorización previa de ANMAT.

⭐ Dato destacado

La aclaración de que el costo del envío no integra el límite de US$3.000 amplía el universo de productos que podrán comprarse bajo el régimen puerta a puerta, especialmente artículos de mayor valor que antes quedaban fuera por superar el tope vigente.